
¡Ni evasores! ¡Ni violadores! Ley 3 de 3 contra la violencia.
Por CELIA CHRISTIAN JUÁREZ BÁEZ
¿Qué ha sucedido?
29 de mayo 2023 El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto por el que se reforman los artículos 38 y 102 de la Constitución, en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público, conocida como ley “3 de 3 contra la violencia”.
De acuerdo con el decreto, suspende el derecho de ocupar cargos en el servicio público en caso de existir sentencias firmes que relacionen al acusado con delitos contra la vida y la integridad corporal, así como contra la libertad y seguridad sexual. Además, señala que no podrá ocupar un cargo público aquella persona declarada como deudora alimentaria morosa.
Asimismo, no se permitirá a la persona ser registrada como candidata a un cargo de elección popular, ni ser nombrada para un cargo en el servicio público a quien tengan una sentencia por violencia familiar, a la intimidad sexual o por violencia política contra las mujeres en cualquiera de sus modalidades y tipos en el nivel federal, estatal y municipal
¿Quiénes son sus protagonistas?
Al grito de “ningún agresor al poder”, el mensaje es certero, no sólo está visibilizando la violencia, se están tomando medidas concretas para que esto no se siga normalizando. Este logro no nace desde un órgano intermediario, ni se cuelga la placa de algún partido político, sino que nace desde el feminismo y de las mujeres que resisten a las violencias sistémicas.
La Ley 3 de 3 lleva el nombre de millones de mujeres que han sido violentadas, de las infancias que fueron desprotegidas por padres ausentes, de las estudiantes que encaran al docente acosador y al rector misógino, de las mujeres en la política que son ninguneadas por sus superiores, de las mujeres que denuncian en redes los golpes y amenazas de gobernadores, de las mujeres que lloran la pérdida de sus hijas que fueron desaparecidas por algún político.
La “Ley 3 de 3” no es solamente una lucha por nuestra democracia, es también una lucha por la justicia y la libertad. Las mujeres y las infancias no pueden continuar viviendo a las sombras de agresores que corrompen con su poder político o capital económico.
Hablemos de lo local.
Tlaxcala, es un Estado donde fue presentada la iniciativa de la “Ley 3 de 3” desde el 2020, pero no pasó nada, por lo que se volvió a presentar la iniciativa en 2023 y de acuerdo a los trabajos de la vigésima cuarta sesión ordinaria pública del congreso del estado de Tlaxcala el pasado 23 de noviembre de 2023 dicha reforma aprobada, contempla la adición de un artículo 24 Bis, que señala que, “Sin perjuicio de los requisitos que en cada caso deban cumplirse, conforme a la normatividad que rija la materia, no podrá ser electa o designada, para ocupar algún cargo público, o para ejercer algún empleo o comisión en los poderes públicos del Estado, en los gobiernos municipales o en los órganos autónomos…”
Además de ello, el dictamen aprobado, señala los 3 casos de prohibición, por ejemplo, el primero, que “Mediante sentencia firme, sea declarada responsable de violencia familiar o doméstica, o de violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos…”
La segunda restricción será que por “sentencia firme, sea condenada por la comisión de algún delito contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y la seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual, o contra la intimidad sexual…”
Y la tercera, que “Por medio de resolución firme, hay sido declarada deudora alimentaria y se encuentre en mora en el cumplimiento de su obligación alimentaria o esté inscrita, con registro vigente, en algún padrón de personas deudoras alimentarias; salvo que acredite estar al corriente en el pago, pague en su totalidad la deuda o garantice su cumplimiento, por alguno de medios establecido en la ley…”
La reforma aprobada en su artículo segundo transitorio, señala que la vigencia de la reforma será a partir del 1 de septiembre del 2024; por ello, será remitida a los 60 ayuntamientos para su aprobación en Cabildos.
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